Reclamación de salarios
La reclamación de un salario puede resultar complicada para el trabajador. Ahora podemos ayudarte.
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Reclamación de salarios
Si la obligación principal del trabajador es realizar su trabajo en los términos acordados en el contrato de trabajo, la obligación principal del empresario es abonar el salario acordado de manera puntual.
Ante el impago o retraso de los salarios acordados, o de cualquier otra cantidad que la empresa le adeude, el trabajador tiene varias opciones:
Reclamar las cantidades adeudadas extrajudicial o judicialmente.
Ante impagos o retrasos reiterados graves solicitar la extinción de la relación laboral con derecho a la indemnización por despido improcedente.
COMPATIBILIDAD
Estas dos acciones son compatibles entre sí, por lo que el trabajador, puede solicitar judicialmente la extinción de la relación laboral y la reclamación de las cantidades adeudadas en un mismo procedimiento.
PRESENTACIÓN
Para cualquiera de las dos acciones, será necesario en primer lugar un intento extrajudicial -paso previo obligatorio-, con la presentación de la papeleta de conciliación, y en caso de no alcanzar un acuerdo, presentar la demanda.
PLAZO
El plazo para la reclamación de salarios es de un año contando como día de inicio desde el momento que las cantidades pudieron ser reclamadas al empresario, es decir, desde el día que el empresario debió abonar el salario y no lo hizo. El cálculo se realiza de fecha a fecha e incluye todos los conceptos salariales.
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