El tratamiento del salario en el concurso sin masa es una cuestión clave en el ámbito de la insolvencia personal y la Ley de Segunda Oportunidad. En muchos casos, el deudor no dispone de bienes con valor suficiente para liquidar deudas y únicamente percibe ingresos derivados de su trabajo. Esto genera dudas sobre si el salario puede considerarse masa activa, en qué medida puede ser embargado y hasta qué punto está protegido por la ley.
¿Qué es el concurso sin masa?
El concurso sin masa, regulado en el artículo 37 bis del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), se declara cuando el deudor carece de bienes o derechos suficientes para afrontar los gastos del procedimiento y los créditos contra la masa. Es una situación especialmente habitual en personas físicas sin patrimonio o pequeñas empresas que han cesado actividad.
El salario como ingreso y no como masa activa
El salario no se considera patrimonio acumulado, sino un ingreso periódico destinado a cubrir necesidades básicas del deudor. Por ello, solo puede considerarse masa activa en la medida en que sea embargable conforme a la ley. La protección del salario no desaparece por la simple declaración de concurso, sino que se articula mediante las normas de inembargabilidad establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Muchos juzgados no consideran el salario mensual como un activo por su condición de ingreso futuro con algunas excepciones en Madrid o Barcelona.
El mínimo inembargable del salario
El artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece que el salario, sueldo o pensión del deudor es inembargable hasta el importe equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La protección se basa en garantizar el derecho a una vida digna.
A partir del SMI, la ley prevé tramos progresivos de embargo:
– Hasta 1 SMI: Inembargable.
– De 1 a 2 SMI: Embargable el 30%.
– De 2 a 3 SMI: Embargable el 50%.
– De 3 a 4 SMI: Embargable el 60%.
– De 4 a 5 SMI: Embargable el 75%.
– Más de 5 SMI: Embargable el 90%.
Además, si existen cargas familiares, el juez puede reducir aún más el porcentaje de embargo.
¿Qué ocurre con el salario ahorrado?
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), en su Resolución 00/01140/2022, ha establecido que una vez que el salario ha sido ingresado y no se utiliza para cubrir necesidades básicas, pierde su carácter de inembargable. Es decir, el salario ahorrado puede ser embargado en su totalidad si se mantiene en cuentas bancarias, salvo que se acredite su destino a gastos necesarios.
Impacto del salario en la exoneración del pasivo insatisfecho
En los concursos sin masa, el deudor puede solicitar la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). Si opta por el plan de pagos, parte del salario embargable se destinará al cumplimiento del mismo. Si opta por la exoneración con liquidación o inexistencia de bienes, conservará su salario en los límites de protección establecidos por la LEC.
Conclusión
El salario en el concurso sin masa queda protegido en cuanto garantiza la subsistencia del deudor, pero su excedente puede destinarse al pago de deudas. La correcta interpretación de los límites de embargabilidad y del tratamiento del salario ahorrado es fundamental para proteger los derechos económicos del deudor y asegurar la viabilidad del proceso de segunda oportunidad.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Pueden embargar mi salario durante un concurso sin masa?
Sí, pero únicamente la parte que supere el salario mínimo inembargable regulado en el artículo 607 LEC.
¿El salario entra en la masa del concurso?
No como patrimonio, pero sí puede destinarse parcialmente a pagar deudas si supera el mínimo inembargable.
¿Qué pasa si ahorro parte de mi salario?
El salario ahorrado puede ser embargado, según el criterio del TEAC, si no se acredita su necesidad para gastos básicos.
¿Puedo obtener la segunda oportunidad si solo cobro un salario bajo?
Sí. De hecho, es el supuesto más habitual de exoneración del pasivo insatisfecho.