Descubre cómo tramitar una herencia en Alicante en 2025. Impuestos, plazos, costes, documentos necesarios y procedimiento explicado paso a paso por abogados expertos.
Gestionar una herencia puede ser complejo y estresante, sobre todo cuando hay varios herederos, bienes a repartir y plazos legales estrictos. En Alicante, además, existen bonificaciones fiscales específicas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) que pueden ahorrarte miles de euros… si sabes cómo aplicarlas.
En esta guía te explicamos, como abogados especialistas en herencias en Alicante, los pasos para tramitarla, qué impuestos debes pagar, los plazos que no puedes saltarte, los documentos necesarios y cómo evitar problemas entre herederos.
1. Documentación necesaria para tramitar una herencia
Antes de iniciar cualquier trámite, es importante recopilar todos los documentos:
– Certificado de defunción (Registro Civil)
– Certificado de últimas voluntades (Ministerio de Justicia)
– Testamento (si existe)
– Certificados bancarios y relación de bienes
– Certificados de seguros de vida
– Escrituras de propiedades
– DNI y libro de familia de los herederos
2. Plazos para tramitar una herencia en Alicante
El plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en la Comunidad Valenciana es de 6 meses desde el fallecimiento. Puede solicitarse una prórroga de 6 meses adicionales si la pides dentro de los primeros 5 meses. Si te retrasas, Hacienda aplicará recargos e intereses.
Aunque no se repartan los bienes, el impuesto debe liquidarse en plazo para evitar sanciones.
3. Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana
En Alicante, el Impuesto de Sucesiones depende de la Generalitat Valenciana y existen bonificaciones importantes:
– Cónyuge, hijos y padres → bonificación del 99%
– Hermanos, sobrinos y tíos → reducciones menores
– Herencias entre no familiares → tributan más
4. Pasos para tramitar una herencia en Alicante
- Solicitar certificados y
2. Reunir a los herederos
3. Inventario de bienes y deudas
4. Liquidación del Impuesto de Sucesiones
5. Escritura de aceptación y adjudicación de herencia
6. Inscripción de bienes en el Registro de la Propiedad, Tráfico y banco.
5. Certificado de últimas voluntades
La información que contiene este documento y por lo qué es tan valorado es la siguiente:
- Los testamentos otorgados por el fallecido.
- Nombre y localización de los notarios que hayan autorizado y verificado esos testamentos.
- Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Este es un documento donde se recogen los seguros de vida o accidentes que tenía contratados el fallecido.
La información que contiene este certificado es pública, cualquiera pueda reclamarlo, pero eso no significa que vaya a poder ver el testamento, son 2 partes diferentes. Se puede solicitar a través de la notaría.
6. Herencia con testamento y sin testamento
Con testamento: Procedimiento más rápido y sencillo, los bienes se reparten según la voluntad del causante.
Sin testamento: Se aplica la sucesión legal del Código Civil, siguiendo el orden de herederos forzosos.
7. Herencias con deudas: aceptar o renunciar
En Alicante puedes:
– Aceptar pura y simplemente → heredas bienes y deudas.
– Aceptar a beneficio de inventario → primero se pagan las deudas y solo heredas el sobrante.
– Renunciar a la herencia → recomendable si las deudas superan los bienes.
8. FAQs sobre herencias en Alicante
❓ ¿Cuánto se paga de impuesto de herencia en Alicante?
Los herederos directos pagan aprox. 1%, gracias a la bonificación del 99%.
❓ ¿Qué plazo tengo para aceptar una herencia?
Tienes 6 meses desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga.
❓ ¿Puedo tramitar la herencia sin abogado?
Sí, pero no es recomendable: puedes perder bonificaciones o cometer errores costosos.
❓ ¿Qué pasa si no pago el impuesto en plazo?
Hacienda aplicará recargos, intereses y sanciones.
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