El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado hoy sobre la cuestión prejudicial presentada por un hipotecado cliente de Bankia por la que se cuestionaba al Tribunal Europeo sobre varias cuestiones relativas al índice bancario IRPH que aquí en aras de una mayor claridad y comprensión vamos a resumir en cinco.
¿Puede considerarse nulo el índice de referencia de un préstamo hipotecario por ser una clausula obligatoria?
El Tribunal europeo ha dicho que sí.
¿Debieron las entidades bancarias informar al cliente sobre las particularidades del IRPH y sobre su evolución en comparación con otros índices de referencia como por ejemplo el Euribor?
El Tribunal europeo ha dicho que sí y además ha explicado que bastaría con que la entidad bancaria hubiera comunicado al cliente la evolución anterior del IRPH. Esto es lo que tendrá que acreditar la entidad bancaria en caso de juicio.
¿Si las entidades bancarias no informaron se puede considerar nula?
El Tribunal europeo ha dicho que sí.
¿Si el IRPH es nulo se puede sustituir por otro índice de referencia o queda un préstamo sin interés?
El Tribunal europeo ha dicho que si una clausula es nula, se tiene por no puesta, por tanto queda sin interés, si el préstamo hipotecario prevé la sustitución por otro tipo de interés podrá ser sustituido por otro tipo de interés, a criterio del juez.
¿Tiene límite temporal esta sentencia?
El Tribunal europeo ha dicho que no.
Conclusiones: Es una gran noticia para los hipotecados que vienen sufriendo un tipo de interés claramente abusivo y excesivamente gravoso, la sentencia obliga a los clientes a demandar uno a uno, ya que queda a criterio de un juez la posible nulidad del IRPH y la consiguiente devolución de las cantidades que pudiera devengarse. Los bancos más afectados son CaixaBank, Bankia, Sabadell y en menor medida Santander.
En nuestra opinión debe acudir a un abogado especializado a fin de que analice su escritura y la documentación relativa al préstamo hipotecario y le vaya guiando en la reclamación.
Si necesita alguna aclaración o quiere más información solo tiene que llamarnos y le atenderemos.
Quisiera información sobre este tema
Estimada María Jose
Disculpe la tardanza pero no había leido su mensaje.
Si desea cualquier información sobre el IRPH le ruego llame al 625315852 y le atenderemos encantados.
Un saludo y gracias.