Estamos detectando en el despacho errores en la resolución emitida por Servicio Público de Empleo cuando un trabajador que ha estado en ERTE vinculado al Covid es despedido de su empresa y lo grave es que no se trata de un error de la administración. El SEPE está intentando reducir los días cotizados restando los días que en su caso el trabajador estuvo en ERTE por Covid de forma contraria a la normativa.

El artículo 24.2 del Decreto Ley 8/2020 a los efectos de la cotización durante el ERTE dice:

  1. Dicha exoneración no tendrá efectos para la persona trabajadora, manteniéndose la consideración de dicho período como efectivamente cotizado a todos los efectos, sin que resulte de aplicación lo establecido en el apartado 1 del artículo 20 de la Ley General de la Seguridad Social.

Además en la disposición adicional 4ª del Decreto Ley 11/2021 se dice:

  1. Las exenciones en la cotización a la Seguridad Social establecidas en los artículos 1, 2, 5 y en la disposición adicional primera de este real decreto-ley no tendrán efectos para las personas trabajadoras, manteniéndose la consideración del periodo en que se apliquen como efectivamente cotizado a todos los efectos, sin que resulte de aplicación lo establecido en los apartados 1 y 3 del artículo 20 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Los Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña, La Rioja, Madrid y País Vasco ya se han pronunciado a favor del trabajador por lo que desde aquí aconsejamos reclamar mediante la presentación de una reclamación previa aunque la cuantía sea pequeña. Son tus derechos.

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