La respuesta rápida es que sí. Es posible. Y es que tenemos una nueva Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que incluso castiga a la empresa con MIL EUROS por daños y perjuicios a la trabajadora por no haberlo acordado cuando se solicitó.

Una empleada, oficial de segunda con más de 23 años de antigüedad en su empresa, solicitó reducir un tercio su jornada laboral para conciliar su vida personal con la profesional y poder cuidar a su suegra. Las Empresas tienen la obligación de abrir un periodo de negociación de conformidad con el 34.8 del Estatuto de los Trabajadores de un periodo máximo de 30 días.

La trabajadora acreditó:

  • Que lo había solicitado de forma correcta
  • Que la empresa no había contestado
  • Que su suegra necesitaba ayudar para su día a día ya que padece artralgia que es un dolor articular degenerativo con 74 años.
  • Que era la única de su familia que podía encargarse de ello.

Es importante esta sentencia del TSJ de Madrid porque viene a reconocer que las empresas no pueden entrometerse en las relaciones familiares e interpersonales y reconocen la libertad de los trabajadores para repartirse las tareas familiares como crean oportuno.

 

WhatsApp chat